26 octubre 2009

Distintivo ‘Igualdad en la Empresa’

El Consejo de Ministros ha aprobado esta mañana, a propuesta del Ministerio de Igualdad, el Real Decreto por el que se regula la concesión y utilización del Distintivo Igualdad en la Empresa, recogido en el artículo 50 de la Ley para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Se trata de una marca de excelencia en igualdad que servirá de estímulo y reconocimiento a aquellas empresas comprometidas con la igualdad y que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos como los servicios, productos y publicidad de la empresa. En concreto, para la concesión del distintivo se tendrá en cuenta, entre otros criterios, las actuaciones y medidas tendentes a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la adopción de planes de igualdad y la publicidad no sexista de los productos o servicios de la empresa. El distintivo, que podrá ser utilizado en las relaciones comerciales de la empresa que lo posea y, también, con fines publicitarios, se convocará anualmente y tendrá una vigencia de tres años, si bien, las empresas distinguidas deberán remitir un informe anual que será evaluado por la Dirección General para la Igualdad en el Empleo del Ministerio de Igualdad.

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